martes, 28 de abril de 2020

Así deben solicitarse los permisos para la actividad industrial autorizada

El Ministerio de Producción y Desarrollo Económico informa a los industriales sanjuaninos cómo es el procedimiento que deben seguir para solicitar los permisos necesarios para el reinicio de sus actividades.

En virtud de la Resolución Administrativa N° 179/2020, la que establece nuevas actividades exceptuadas y conforme Decisión Administrativa 524 de fecha 18 de abril de 2020, el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico dispone el procedimiento necesario para otorgar los permisos que permitan el reinicio de dichas actividades.

Es importante destacar y hacer una breve reseña de la resolución antes mencionada, la que en su art. 1 dispone “Considérense autorizadas, de conformidad a la previsión dispuesta en los incisos 10 y 11 del Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 524 de fecha 18 de abril de 2020, a las actividades de producción para exportación y a los procesos industriales específicos que se ajusten a los parámetros que se establecen en el Anexo I de la resolución 179/2020”.

Asimismo el Art. 2 establece que “las autorizaciones dispuestas precedentemente se tornarán efectivas en función de los parámetros y situación epidemiológica que se evidencie en cada jurisdicción y de conformidad con las normas que a tales efectos dicten las Autoridades Locales competentes, de conformidad a las previsiones contempladas en el Artículo 3º de la Decisión Administrativa N° 524/20”.

En síntesis, se consideran autorizadas las empresas que realizan un proceso de fabricación con destino final de exportación, las que deberán acreditar órdenes de compra internacionales y haber registrado ventas durante los años 2019/2020, y los procesos industriales específicos que tengan por finalidad la producción de bienes destinados a la provisión directa de las actividades y sectores enumerados en el Anexo I de la Resolución 179/2020.

Además se advierte que las autorizaciones dispuestas se tornarán efectivas conforme el siguiente procedimiento.

El Ministerio de Producción y Desarrollo Económico de la Provincia de San Juan a través de la Secretaría de Industria, Comercio y Servicios, pone a disposición el correo electrónico protocolocovid19@sanjuan.gov.ar, correo al que deberá la empresa interesada solicitar la autorización para reactivar la producción mediante nota dirigida al Sr Ministro de Producción y Desarrollo Económico, Lic Andrés Diaz Cano y en archivo adjunto, los requerimientos que deberá completar, remitiendo en el mismo mail la documentación necesaria con carácter de Declaración Jurada incluyendo un protocolo sanitario que garantice el cumplimiento de las medidas y recomendaciones establecidas en el protocolo provincial COVID19. Dicho protocolo, deberá estar suscripto por profesional competente, matriculado, y avalado por apoderado o máxima autoridad legal de la empresa, quien deberá suscribir en todas sus hojas el protocolo de referencia, dando plena fe de su contenido.

Sin perjuicio de lo mencionado, el mismo quedará sujeto a aprobación por medio de Resolución Ministerial del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de San Juan.

El resto de las industrias no contempladas en las excepciones vigentes, deberán presentar su pedido de autorización para producir, además de presentar el protocolo de prevención de Covid-19 ante el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico de la Provincia para su aprobación conjunta con el Ministerio de Salud Pública. Una vez aprobado el protocolo y emitida dicha autorización se elevará la propuesta al Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación para solicitar su excepción.

Una vez cumplido los requisitos mencionados y habiendo sido debidamente autorizados, el Estado Provincial por medio de un cuerpo de inspectores procederá a realizar controles estrictos constatando la efectiva aplicación del protocolo sanitario de la empresa que dé cumplimiento a las regulaciones y recomendaciones generales.

Documentación a adjuntar:

a. Protocolo Sanitario suscripto por personal competente

b. Información de la Empresa solicitante de acuerdo a archivo adjunto

c. Poder o Acta de designación de autoridades según corresponda.

d. F931 del último periodo.

e. Constancia de inscripción AFIP actualizada.

f. Orden de Compra Internacional (si corresponde).

Informes a los siguientes teléfonos: 4-306429/ 4-306430 / 4-306440 / 4-305487

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