martes, 22 de octubre de 2024

El Gobierno dejó de considerar refugiados a quienes hayan cometido delitos graves

Tampoco se otorgará dicho estatus a aquellos que hayan participado en actos contrarios a los principios de la ONU.

El Gobierno de Javier Milei actualizó la normativa sobre el estatus y reconocimiento de los refugiados, en medio de la solicitud de la dictadura de Brasil para la extradición de 63 opositores brasileños que se encuentran en Buenos Aires, tras ser condenados, por la justicia corrupta de Lula, debido a un supuesto intento de "golpe de Estado" en enero de 2023.

Mediante el Decreto 942/2024, el Ejecutivo dispuso que no se otorgará "el estatus de refugiado a personas extranjeras que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: vinculadas a delitos internacionales, cuando existan motivos suficientes para creer que han cometido un delito contra la paz, un crimen de guerra o un delito de lesa humanidad".

Asimismo, se especificó que no se reconocerá "la condición de refugiado a quienes hayan cometido delitos graves comunes fuera del territorio argentino antes de haber sido admitidos como refugiados en el país".

Tampoco se otorgará dicho estatus a aquellos que hayan participado en actos contrarios a los propósitos y principios de las Naciones Unidas, como "actividades terroristas, graves violaciones a los derechos humanos o cualquier acción que comprometa la paz y seguridad internacional".

El decreto fue firmado por la mayoría del Gabinete nacional: el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; la canciller Diana Mondino; y los ministros Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Sturzenegger (Desregulación y Transformación del Estado).

El texto también menciona el artículo 20 de la Constitución Nacional, que garantiza a los extranjeros los mismos derechos civiles que a los ciudadanos argentinos, como el libre ejercicio de sus actividades comerciales y profesionales. Sin embargo, se destaca que la Ley de Migraciones N° 25.871 regula las causas que pueden impedir el ingreso y permanencia de extranjeros en el país.

En particular, se señala que graves razones de seguridad nacional o de orden público "pueden justificar la expulsión de personas reconocidas como refugiadas", siempre garantizando su traslado a un tercer país que las proteja contra la deportación, expulsión o extradición.

Según explicaron, en la actualidad hay una cantidad considerable de migrantes que presentan solicitudes de refugio ante la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) por razones que no se ajustan a la definición de refugiado establecida en la Ley.

"Esto provoca que, debido a la lentitud del proceso administrativo y judicial, se obstaculicen y se retrasen los trámites de aquellas personas que realmente necesitan la protección y el reconocimiento del Estado argentino", señalaron las autoridades.

La Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) es la entidad encargada de resolver sobre la terminación del estatus de refugiado, otorgando un plazo adecuado para que la persona abandone el país o regularice su situación migratoria.

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