En este sentido, a través de la Resolución N° 0133-STT-2021, ordena a las empresas prestatarias del servicio que refuercen con unidades durante los horarios de ingreso y egreso a los establecimientos educativos. En el caso del no cumplimiento, las empresas serán pasibles de las sanciones previstas en la legislación vigente.
En tanto, el Ministerio de Educación estableció que los horarios de ingreso y egreso a los establecimientos educativos son de 08 a 12, de 13 a 17, de 18 a 22 y nocturna de 20 a 23, por lo que es necesario el incremento de unidades sea en los horarios detallados y 30 minutos antes y 30 minutos posteriores.
En tanto, a través de la Resolución N° 0132-STT-2021, fue autorizado el aumento de la capacidad de los vehículos que prestan Servicios Escolares al %100 de sus asientos, siempre cumpliendo el protocolo especificado por autoridad sanitaria.
Asimismo, quedó autorizado el aumento de la capacidad de los vehículos que prestan Servicios Especiales y Contratados al %80 de sus asientos, también bajo el cumplimiento de protocolo expedido por autoridad sanitaria.