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sábado, 28 de marzo de 2020

las ART no cubren los contagios

La ley no incluye al coronavirus como enfermedad laboral. La Superintendencia de Riesgos de Trabajo dice que igual las aseguradoras deberán cubrir los seguros.

En plena cuarentena, el coronavirus no figura en la legislación como enfermedad laboral. Médicos, enfermeros, camilleros, personal de Fuerzas de Seguridad, tripulación aérea y empleados de supermercados que se contagien por la enfermedad no están cubiertos por las ART.

"Por lo que sabemos las ART no se van a hacer cargo y no hay resolución oficial en contrario de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo", aseguró Jorge Yabkowski, secretario general de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud (FESPROSA), en declaraciones a Clarín.

"Está bárbaro que te aplaudan a las 9 de la noche, pero también hace falta que se declare enfermedad laboral al coronavirus", agregó.

"Hay que asegurar a los médicos en caso de contagio; están en el primer lugar de exposición y deben tener cobertura", sumó Mauricio Eskinazi, presidente de CONFEMECO, que nuclea a los colegios médicos de todo el país.

En la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, que depende la la cartera laboral, ya recibieron consultas informales desde la ART nucleadas en la Unión de Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (UART). Según informó el medio, se les contestó que aunque "la epidemia no está listada en la ley debe estar cubierta".

Entidades profesionales entienden que para que eso ocurra de manera automática debería agregarse al coronavirus en la legislación. "Por lo menos que el Gobierno saque un DNU declarando al coronavirus enfermedad laboral", reclamó Yabkoswski.

"Debería haber alguna resolución oficial, un decreto o el instrumento legal que sea para asegurar la cobertura", coincidió Eskinazi.